Resolución N° 8748/07
VISTO: La necesidad de fijar el horario de verano para el funcionamiento de las dependencias municipales.
ATENTO: A ello y a las facultades conferidas por la Constitución de la República, Ley Orgánica Municipal y Normas concordantes;
EL INTENDENTE DE RIVERA
RESUELVE
1°) FÍJASE el horario de verano para el funcionamiento de las dependencias municipales a partir del 10 de diciembre de 2007 y hasta el 7 de marzo de 2008
- Atención al público de 07:15 a 13:45
- Cajas recaudadoras de 07:15 a 13:45
- Personal de 8 horas de 07:00 a 14:15
- Personal de 6 hoars de 07:00 a 13:00
2°) Se exceptúan de estos horarios a aquellas oficinas que por la índole de sus tareas deban realizar horarios especiales.
3°) El presente horario regirá hasta nueva Resolución.
4°) Comuniquése a las Dependencias Municipales, Junta Departamental y Congreso Nacional de Intendentes.
5°) Fecho, dése amplia difusión y pase a División Recursos Humanos.
exp 157913
VR/tsr
Tabaré Viera Duarte
Intendente
Dr. Vilibaldo Rodríguez
Secretario General